viernes, 6 de marzo de 2020

Seguro Médico, Leyes y Estatuto en Puerto Rico


Sarahí González
Enero, 2017


Introducción
Uno de los principales objetivos del Gobierno de Puerto Rico en años recientes ha sido lograr que todos los ciudadanos tengan acceso adecuado a servicios y facilidades de salud médico-hospitalarias de calidad, de acuerdo con sus necesidades y sin importar  su condición socioeconómica y capacidad de pago.  A continuación se discute el concepto seguro médico, su utilidad y los beneficios de contar con este tipo de seguro. Además se contrasta el seguro médico privado del plan médico del gobierno.
El seguro médico
El acceso adecuado a servicios de salud de calidad es un componente esencial en cualquier definición válida del concepto de calidad de vida, así como un derecho humano fundamental. Un plan médico es un término general que hace referencia a un paquete de beneficios específico ofrecido por un asegurador, o un plan de empleadores autofinanciado. Es una red es un grupo de médicos/proveedores profesionales, hospitales y otros profesionales de atención médica que han pactado con un plan médico para brindar servicios a sus miembros (Health Care Service Corporation, 2018).
El asegurador refiere a  cualquier persona o entidad que asume un riesgo en forma contractual en consideración o a cambio del pago de una prima, debidamente autorizada por el Comisionado de Seguros para hacer negocios como tal en Puerto Rico. La cubierta refiere a  todos los beneficios incluidos en un plan de cuidado de salud para los asegurados y beneficiarios del mismo. El Plan de Cuidado de Salud  se refiere a los planes de cuidado de salud del Código de Seguros de Salud de Puerto Rico o cualquier contrato de seguros de naturaleza similar a dichos planes, independientemente del tipo de entidad aseguradora que los ofrezca (Lexjuris, 2018).
La utilidad del seguro médico representa la protección  del asegurado de los altos costos de la atención médica al ofrecerle cobertura para servicios de atención de salud específicos. Aunque el asegurado normalmente paga un deducible mensual y también copagos o coseguro, el costo del seguro es mucho menor de lo que le costaría la atención médica si fuera un gasto total de desembolso (Aetna, 2017).
En Puerto Rico existe la Ley Núm. 35-1994 del 28 de junio del 1994 que garantiza la asistencia en hospitales en caso de emergencias médicas. Según se desprende de esta Ley, todo hospital público o privado, donde haya una sala de emergencia, salas de urgencia o de estabilización se preste servicio de atención médica a toda persona que esté sufriendo una condición de emergencia médica y a toda mujer que esté de parto independientemente de que esas personas puedan pagar por los servicios médicos.
El seguro médico privado se diferencia del seguro médico del gobierno ya que Medicaid es un programa federal y estatal conjunto que ayuda con los costos médicos a algunas personas de ingresos y recursos limitados. Medicaid también ofrece beneficios que, en general, Medicare no cubre, como servicios de cuidados en asilos de ancianos y cuidados personales. Es el plan de salud que el gobierno de Puerto Rico otorga a través de los fondos federales de Medicaid. Este plan debe atender las necesidades de salud de la población con escasos recursos económicos o necesidades especiales. En estos momentos, se encuentra en las manos de 5 proveedores de salud privados pero es administrado por el gobierno de Puerto Rico. Beneficia tanto las personas que no tienen manera de pagar un plan médico. Garantiza  el acceso a servicios y sus aseguradoras, así como a beneficios médico-hospitalarios (Portal Ayuda Legal PR, 2018).

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